La siniestralidad laboral continúa siendo un grave problema que afecta a España, al punto de situarlo como el segundo país de la Unión Europea con mayor índice de accidentalidad en el trabajo, realidad que ha suscitado la adopción de medidas jurídicas y extrajurídicas encaminadas a proteger los bienes jurídicos de los trabajadores durante el desempeño de sus actividades productivas. Desde el punto de vista penal, la tutela de la seguridad en el trabajo ha merecido especial atención del legislador en los artículos 316 y 317 CP, a través de la tipificación de un delito de comisión por omisión que sanciona a los legalmente obligados a facilitar los medios de seguridad en el trabajo, que pongan en peligro concreto de forma dolosa o imprudente el bien jurídico colectivo de la vida y salud de los trabajadores. El presente estudio tiene por objeto analizar la eficacia y validez del delito contra la seguridad y salud en el trabajo, como respuesta necesaria en la tutela de los derechos de los trabajadores y en la prevención de la siniestralidad laboral. Para lo cual, se defiende el carácter supraindividual del interés protegido que se concreta en la vida y salud de los trabajadores, se analiza con profundidad la responsabilidad penal empresarial por omisión de los deberes de garante en el ámbito de la seguridad en el trabajo, tomando en consideración que la posición de garante puede extenderse en virtud de actos de delegación a otros sujetos sobre los que recaen deberes jurídicos de protección. Del mismo modo, se efectúa un completo estudio del tipo de injusto analizando la modalidad dolosa e imprudente del delito de peligro, la culpabilidad, y otras cuestiones vinculadas al análisis del delito como la consumación, las formas imperfectas, las sanciones y los supuestos concursales. Por último, se formula una propuesta político-criminal relativa a la necesidad de una efectiva protección de la seguridad y salud de los trabajadores encaminada a la prevención de riesgos en el trabajo.